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viernes, 21 de abril de 2017

"¡Inglés no! ¡Español sí!": Un candidato a la presidencia francesa rechaza responder a la BBC

Robert PrattaReuters

https://actualidad.rt.com/actualidad/236483-candidato-presidencia-francesa-responde-espanol-pregunta-ingles

"¡Inglés no! ¡Español sí!": Un candidato a la presidencia francesa rechaza responder a la BBC

Publicado: 21 abr 2017 05:05 GMT

El candidato independiente Jean-Luc Mélenchon explicó en un español perfecto que no hablaría en inglés porque "se creen los dueños del mundo" y son "intrínsecamente imperialistas".

El candidato de Francia Insumisa a la presidencia francesa, Jean-Luc Mélenchon, rechazó categóricamente responder a una pregunta en inglés de la BBC. Y lo hizo en un español perfecto. En el video de la rueda de prensa el político, tres de cuyos abuelos eran de origen español, explica que no tiene ningún inconveniente en emplear el castellano, pero sí en expresarse en la lengua de Shakespeare.

"Ellos se figuran que todo el mundo tiene que hablar inglés porque son intrínsecamente imperialistas", afirmó Mélenchon, provocando las risas del resto de periodistas. "Se creen los dueños del mundo", afirmó el candidato de izquierdas, que lamentó que todos tengan que hablar inglés en las ruedas de prensa. "¡No! ¡Español sí!", exclamó el político.


Mélenchon, un candidato independiente que encabeza su propia plataforma, Francia Insumisa, en las elecciones presidenciales de este domingo, ha visto mejorar su posición en las últimas semanas. Ya ocupa el tercer lugar (18% de los apoyos) en las preferencias de los franceses según los sondeos después del candidato oficialista Emmanuel Macron (25%) y la representante del Frente Nacional Marine Le Pen (24%), según el diario 'Financial Times'.

La BBC sigue insistiendo en que les respondan en inglés

La de Mélenchon no es la primera vez que un político de alto rango rechaza responder las preguntas en inglés de la BBC. Al menos tres ocasiones se han producido en los últimos tiempos. En marzo de 2017, fue el caso del presidente del Gobierno de España Mariano Rajoy: "Bueno, no, hombre… no vamos a hacer…", contestó a un reportero que quería preguntarle en inglés.


Hace unos años un periodista de la BBC formuló una cuestión en lengua inglesa al entonces vicecanciller de Alemania Guido Westerwelle, pero este le explicó en alemán que no iba a hacerlo, porque "igual que cae por su peso que en el Reino Unido se habla inglés, en Alemania se habla alemán". El representante alemán le dijo además que la pregunta en inglés coincidía con otra en alemán a la que había respondido minutos antes. "Esto es Alemania", concluyó sonriendo.

viernes, 22 de julio de 2016

¿Por qué tanto empeño en constitucionalizar el estado de emergencia?


FRANCIA

¿Por qué tanto empeño en constitucionalizar el estado de emergencia?
Por Jean-Claude Paye

Luego de haber anunciado en su entrevista del 14 de julio, un próximo levantamiento del estado de emergencia, el presidente Francois Hollande lo prolonga, al día siguiente, por 3 meses más. Esto puede parecer una reacción ante el atentado perpetrado en Niza. Pero, si vamos un poco más allá, la decisión significa un nuevo paso en la transformación del Estado. Contrariamente a las apariencias, el objetivo no es luchar contra el terrorismo sino pasar de un poder proveniente del Pueblo y sometido a ciertos controles a un poder discrecional que actúa al servicio de Estados Unidos y por cuenta de ese país.

RED VOLTAIRE | BRUSELAS (BÉLGICA) | 21 DE JULIO DE 2016


1ª parte: «Procedimiento de excepción sin estado de emergencia», 21 de mayo de 2016. 

2ª parte: «Estado de excepción con estado de emergencia», 11 de junio de 2016.

Para Francois Hollande, la lucha contra el terrorismo ofrece la posibilidad de modificar el Estado.

Antes de que el presidente anunciara su abandono, el «Proyecto de Ley Constitucional de Protección de la Nación» [1] pretendía introducir dos modificaciones en la Constitución de la República Francesa: 

insertar un artículo 36-1 sobre el estado de emergencia y 

modificar el artículo 34 que instauraba la posibilidad de despojar de la ciudanía francesa a los franceses condenados por terrorismo.

La introducción del estado de emergencia y de la posibilidad de despojar a los franceses de su ciudadanía invierte los objetivos de la Constitución, que deja de establecer derechos para pasar a establecer la pérdida de esos derechos. Ya no pone límites al poder sino que se convierte en la expresión de su omnipotencia.

La voluntad de inscribir el estado de emergencia en la Constitución se inscribe, efectivamente, en un contexto de desmantelamiento del Estado de Derecho pero no se limita a esa acción. Este empeño nos informa sobre la forma actual del Estado nacional y, más precisamente, sobre la forma actual de Francia. La constitucionalización el estado de emergencia es síntoma de una forma de organización política que inscribe en la Constitución su renuncia a toda una parte de la soberanía nacional. En efecto, la inserción del estado de emergencia y del desmantelamiento de las libertades en el texto fundamental de la República Francesa demuestra el abandono de toda autonomía de la política interna ante el orden internacional de «la lucha contra el terrorismo».

La doble inscripción en la Constitución, tanto de su subordinación a la primera potencia mundial como del ejercicio de un poder ilimitado sobre su propio pueblo, muestra las dos caras que actualmente exhibe el Estado nacional.

Un «régimen civil de crisis»

El proyecto de ley constitucional, presentado a la Asamblea Nacional el 23 de diciembre de 2015, preveía agregar a la Constitución de la República Francesa un artículo 36-1 sobre el estado de emergencia. Ese artículo habría acompañado el actual artículo 36, que organiza el «estado de sitio» y responde a una crisis grave, como una guerra o una insurrección armada. El estado de sitio permite transferir al ejército poderes civiles de policia, así como la creación de jurisdicciones militares.

Pero la Constitución de la República Francesa también cuenta con el artículo 16, que permite al presidente de Francia otorgarse a sí mismo «poderes excepcionales» cuando existe una amenaza «grave e inmediata» hacia «las instituciones de la República, la independencia de la Nación, la integridad de su territorio o la ejecución de sus compromisos internacionales». Este artículo 16 se ha aplicado una sola vez: durante la guerra de Argelia, en 1961, en el momento del «Putsch de Argel» o «Putsch de los generales». El entonces presidente de la República Francesa, Charles De Gaulle, asumió entonces plenos poderes desde finales de abril hasta finales de septiembre de 1961.

El presidente Hollande ha declarado que esos dos artículos no se adaptan «a la situación que enfrentamos», un contexto que él califica como «terrorismo de guerra» afirmando que «el funcionamiento normal de las instituciones no se interrumpe y no se concibe transferir poderes a la autoridad militar» [2], el estado de sitio no puede aplicarse, al igual que los plenos poderes, por naturaleza de carácter temporal, no pueden responder a una guerra de larga duración contra el terrorismo. Debido a ello, para poder actuar «contra el terrorismo de guerra» [3], Hollande estima necesario instaurar un «régimen civil de crisis» e inscribirlo en la Constitución.

Este «otro régimen constitucional» lleva a una mutación política. Los poderes excepcionales habitualmente se denominan así porque se supone que se utilizan raramente y porque son descomunales. Lo cual dejaría de ser así en «un régimen civil de crisis», donde esos poderes serían algo cotidiano. A partir de ahí, las nuevas prerrogativas ya no pueden ser consideradas poderes excepcionales ya que serían parte del régimen instaurado por el texto fundamental [la Constitución].

Un contexto de desmantelamiento del Estado de derecho

La voluntad de incluir en la Constitución el dispositivo del estado de emergencia no responde, como dice el gobierno, a una preocupación por la seguridad jurídica. Tanto el Consejo de Estado como el Consejo Constitucional y la Corte Europea de Derechos Humanos validaron las medidas del estado de emergencia, previstas en la ley de 1955.

El proyecto presidencial de introducir el estado de emergencia en la Constitución está estrechamente vinculado a la ley del 20 de diciembre de 2015, que lo prolongó por 3 meses. También tiene relación con la ley de reforma penal «que refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado», promulgada el 3 de junio de 2016. Ese proyecto convierte en norma varios procedimientos que normalmente forman parte del estado de emergencia, como los registros nocturnos y las detenciones domiciliarias. Por su parte, la ley del 20 de diciembre de 2015 no se limita a prolongar el estado de emergencia sino que extiende considerablemente su campo de aplicación.

Estas dos legislaciones y el último proyecto de ley conforman un conjunto coherente que, al instaurar un estado de emergencia permanente, constituye un ataque frontal contra las libertades privadas y públicas. En efecto, el proyecto presidencial suprime toda seguridad jurídica. Su objetivo no sólo es constitucionalizar el estado de emergencia sino principalmente permitir, en ese marco, nuevas violaciones de las libertades. Ese proyecto legalizaba no sólo el estado de emergencia como principio así como sus aplicaciones ya conocidas sino sobre todo la posibilidad para el legislador de instaurar, de forma permanente, nuevas disposiciones. Incluía, por ejemplo, la posibilidad de «renovar» las «herramientas» que las «fuerzas de seguridad» podrán utilizar, en violación de los derechos y libertades. El Estado de derecho sería así desmantelado ya que las reglas dejarían de ser fijas y predeterminadas para convertirse en disposiciones que cambiarían constantemente, en función de la lectura subjetiva que hiciera el poder de los acontecimientos (el peligro persistente del terrorismo) y de la selección, ya liberada de todo control, de las medidas anunciadas para enfrentarlo.

Constitucionalizar la posibilidad de despojar a las personas de su nacionalidad

En la primera versión del «proyecto de ley constitucional de protección de la Nación», presentado el 23 de diciembre al consejo de ministros, la extensión de la posibilidad de despojar a las personas de la nacionalidad francesa incluye a todos los binacionales, incluyendo a los que nacieron franceses. Según los opositores, ese texto dividía a los ciudadanos en dos categorías: los binacionales y los que sólo tienen la nacionalidad francesa. El primer ministro, Manuel Valls, propone entonces una nueva redacción en la que se establece que todos los ciudadanos pueden ser despojados de la nacionalidad francesa. En la Asamblea Nacional, una mayoría de diputados socialistas acaba aceptando esa versión. En el Senado, una mayoría de derecha reintroduce la medida para los binacionales y adopta el nuevo texto el 22 de marzo de 2016. Con ello se hace imposible la concertación entre las dos versiones [4]. El 30 de marzo, el presidente de la República anuncia el abandono del proyecto de ley.

Este anuncio provocó sorpresa en la medida en que la gran mayoría de los parlamentarios, tanto los de la mayoría como los de la oposición, ya habían aceptado la constitucionalización del estado de emergencia. Puede parecer extraño que el gobierno se concentrara tanto en este aspecto de la cuestión dado el hecho que la posibilidad de despojar a alguien de la nacionalidad francesa ya existe en el sistema judicial, e incluso ha sido aplicada muchas veces.

En efecto, entre 1949 y 1967, se pronunciaron 523 medidas de revocación de la nacionalidad francesa y entre las personas afectadas hay «numerosos franceses por nacimiento» [5].

Esta medida ya aparece en los artículos 25 y 25-1 del Código Civil [6] y puede ser pronunciada cuando la persona ha sido condenada por haber cometido un crimen o un delito que constituya un acto de terrorismo. Pero sólo concierne a los binacionales que hayan adquirido la nacionalidad francesa. Sin embargo, la gran mayoría de los participantes en el debate olvidaron que los artículos 23-7 [7] y 23-8 [8] también permiten aplicar esa medida a los binacionales nacidos franceses.

Esto contradice los intentos, tanto del gobierno como del Consejo de Estado, de justificar la introducción del despojo de la nacionalidad en la Constitución argumentando un supuesto riesgo de inconstitucionalidad que existiría en caso de tratarse de una ley ordinaria, cuando las legislaciones ya existentes conducen al mismo resultado, sin que nunca se hayan visto cuestionadas por el Consejo Constitucional. Lo que sí sucedería es que la constitucionalización del despojo de la nacionalidad sacaría la nacionalidad del derecho civil para convertirla en un tema legislativo aparte. De esa manera, se disocia la persona jurídica, el hecho de gozar de la nacionalidad se separa de la posesión de la nacionalidad. O sea, el ciudadano puede gozar de su nacionalidad… a condición de que la utilice correctamente, y es el gobierno quién establece el marco de ese “uso correcto” de la nacionalidad.

Lo que está en juego con la inscripción en la Constitución de la medida de despojo de la nacionalidad

El debate sobre el proyecto de ley se concentró en la medida de despojo de la nacionalidad porque ese tema recuerda de inmediato las leyes del régimen de Vichy [9]. Bajo aquel régimen, 15 154 personas fueron despojadas de la nacionalidad francesa y el 45% de esas personas eran judíos. La referencia a las leyes del régimen de Vichy es extremadamente pertinente ya que la medida de despojo de la nacionalidad también pudiera ser actualmente de carácter masivo, dado que se prevé ampliar sus condiciones de aplicación, como resultado de las sucesivas modificaciones del proyecto. En su última versión, la medida de despojo de la nacionalidad podría pronunciarse no sólo por crímenes de terrorismo sino también por delitos. Ello implica que un francés condenado por «apología del terrorismo» podría ser despojado de su nacionalidad.

Según el diario Le Monde, el ministerio [francés] de Justicia registró 255 casos de apología del terrorismo durante los meses posteriores a los atentados de noviembre de 2015. Cifras similares habrían sido registradas en el mes de enero de 2016. Pero se trata de “apologías” que no son tales. En muchos de los casos se trata más bien de actos de provocación dirigidos hacia las fuerzas del orden, pero los casos fueron tratados rápidamente recurriendo a la presentación inmediata de los acusados ante los tribunales.

Por ejemplo, el 2 de diciembre de 2015, en la localidad de Lunel, un reincidente que salía borracho de un centro nocturno fue condenado a un año de cárcel por el robo de un teléfono celular, por proferir insultos y por haber gritado «¡Yo soy Salah Abdeslam!» y «¡Viva Daesh!» frente sorprendidos comerciantes. El 17 de noviembre de 2015, durante un control de identidad cerca de la estación de trenes de Lille-Flandes, un individuo borracho amenaza con «volarlo todo» y afirma que «Francois Hollande no debería haber bombardeado Siria». ¿Veredicto? Dos meses de carcel [10].

La «apología» consiste en justificar el terrorismo, presentarlo bajo un aspecto favorable o llegar a la incitación. Sin embargo, gracias a la nueva ley, periodistas o ciudadanos podrían ser enviados a los tribunales por haber compartido un video colocado en internet por una organización designada como terrorista o por dar la palabra a miembros de redes políticamente demonizadas. O sea, este tipo de incriminación permitiría condenar e incluso despojar de su nacionalidad [francesa] a quienes se opongan a la política exterior de Francia hacia Siria, Libia o Palestina.

Nos encontramos entonces en una situación que recuerda la Francia del régimen de Vichy y la ley del 23 de julio de 1940, que preveía despojar de su nacionalidad a los franceses comprometidos con el general Charles De Gaulle.

Dos aspectos complementarios de la soberanía

El presidente Hollande renuncia temporalmente a constitucionalizar el estado de emergencia, importante reforma ya planteada en 2007 por el Comité Balladur, y renuncia a ella por una falta de acuerdo sobre las modalidades de la anulación de la nacionalidad. Podría resultar sorprendente esta manera de vincular tan estrechamente las dos cosas. Pero la constitucionalización del estado de emergencia y la inclusión de la anulación de la ciudadanía en la Constitución se refieren a dos aspectos indisociables de la soberanía: por un lado, su realidad efectiva, la exclusividad de la decisión política y, por otro lado, su existencia simbólica, la «soberanía del pueblo» [11].

Constitucionalizar el estado de emergencia, incluir en la Constitución lo que Francois Hollande llama un «régimen civil de crisis», es consagrar un abandono de soberanía. En efecto, es soberano quien decide que una situación es excepcional. Como ya lo ha explicado Carl Schmitt, «es la excepción, ese punto donde la decisión se separa de la norma jurídica, lo que mejor revela la autoridad del Estado» [12]. Si los poderes excepcionales se inscriben en la Constitución, escapan entonces a la decisión política propiamente dicha ya que pasan a ser parte integrante de la norma, al dejar esta de ser diferente a su derogación.

Renunciar a la adopción [por parte del Estado] de una verdadera decisión política en el marco de la lucha antiterrorista para dejar esa decisión en manos de un orden internacional organizado por la potencia dominante es algo que también pone en tela de juicio el aspecto simbólico del poder nacional, su institución misma por parte del pueblo. La estructura imperial es un orden de hecho que no responde a ningún mecanismo de reconocimiento popular. La posibilidad de despojar de su nacionalidad a un francés acusado de terrorismo invierte el carácter simbólico de la soberanía, equivale a otorgar al gobierno la prerrogativa de “conformar” el pueblo y de fundirse en un orden internacional que no deja ningún espacio al reconocimiento de las poblaciones.

Inversión de la noción de estado de emergencia: de la negación a la confusión

El estado de emergencia descrito en la ley de 1955, una legislación concebida para responder a las circunstancias del aquel momento, permitió al gobierno francés no declarar el estado de sitio durante la guerra de Argelia. Le permitió además no reconocer a los independentistas argelinos como combatientes sino presentarlos más bien como terroristas y tratarlos como criminales.

Hoy se busca precisamente lo contrario: considerar actos criminales y atentados terroristas como actos de guerra o más bien meter esos dos tipos de acciones en un mismo saco. La fusión realizada entre el derecho penal y el derecho de la guerra es parte de una tendencia que se inicia con los atentados del 11 de septiembre de 2001 y la «guerra contra el terrorismo» del presidente estadounidense George W. Bush.

La inversión que se opera entre la ley de 1955 y la actual concepción del estado de emergencia es pasar de la negación de la existencia de un acto de resistencia y de su naturaleza política, con vista a criminalizarla, a una operación tendiente a crear confusión entre lo que es un atentado terrorista y lo que es un acto de guerra, lo cual queda demostrado cuando Francois Hollande habla de «terrorismo de guerra». Lo mismo sucede con la solución que se propone: un «régimen civil de crisis» para enfrentar una nueva forma de guerra. Se crea así una confusión entre crimen y hostilidad, entre el interior y el exterior de la nación.

En el caso de la guerra de Argelia, la negación finalmente tuvo que dar paso a un reconocimiento político de la resistencia argelina. La negación resultó ser una reacción destinada a negar la naturaleza política de las acciones [que se desarrollaban en Argelia], reacción que sólo podía ser temporal. El procedimiento utilizado se mantenía así en el sentido que originalmente tiene el estado de emergencia: una situación excepcional limitada en el tiempo.

Es totalmente diferente la concepción del estado de emergencia que se establece la ley del 20 de noviembre de 2015 y en el proyecto de constitucionalización. La fusión entre las nociones de crimen y de acto de guerra no constituye una operación circunstancial destinada a ceder lugar posteriormente a un proceso de diferenciación y un regreso al plano político. El proceso de negación se ve desplazado por un procedimiento sicótico, un proceso constante de eliminación de la diferencia entre un procedimiento penal y el enfrentamiento de la hostilidad, de eliminación de la diferencia entre lo que es un criminal y lo que es un enemigo, entre el interior y el exterior de la Nación, sometiendo a esta última [la Nación] a una forma internacional de organización del poder.

El Estado policíaco, forma postmoderna del Estado nacional

Con la incorporación del estado de emergencia, se impone a la Constitución una función penal y el derecho penal se convierte en constituyente. Se invirte el papel de la Constitución. De ser el documento donde se inscriben los derechos, la Constitución pasa a ser el documento que anula los derechos, que estipula la omnipotencia del poder, en particular la del aparato policial.

El Consejo de Estado, por cierto, así lo percibió claramente al expresar su opinión sobre el proyecto gubernamental destinado a incluir el estado de emergencia en la Constitución de la República Francesa. Para el Consejo de Estado ese texto «no es una simple clarificación» sobre la ley de 1955 sino que presenta «un efecto útil» para proporcionar «un basamento incuestionable» a las medidas policíacas, para «someterlas exclusivamente al control del juez administrativo» en vez de someterlas al juez judicial [13]. La constitucionalización del estado de emergencia permitiría legitimar todo lo que hiciera la policía, ampliando considerablemente sus prerrogativas, ya que tendría que someterse solamente al juez administrativo, que no cuenta con los medios ni con la autoridad necesaria para ejercer ese tipo de control. De esa manera, la Constitución establece y legitima también el resultado del conjunto de reformas del sistema de justicia y la liquidación del juez de instrucción.

La constitucionalización del estado de emergencia legaliza un proceso de desmantelamiento del Estado de Derecho que hace del aparato policial el núcleo del Estado nacional. Pero ello no significa que esa forma de Estado sea realmente independiente. Si bien conserva la prerrogativa vinculada al mantenimiento del orden –pero no las prerrogativas vinculadas a la guerra, a la moneda o la política económica–, resulta que las policías europeas se ven directamente organizadas por el FBI. En efecto, la policía federal estadounidense organiza los equipos mixtos de intervención, pero gracias a sus iniciativas también ha logrado influir significativamente en las legislaciones europeas, tanto en las nacionales como en las de la de la propia Unión Europea, en materia de intercepción de las comunicaciones, de control de internet, en la creación de nuevos tipos de incriminaciones específicas al terrorismo así como en lo que concierne las reformas de los aparatos policiales y judiciales.


[1] «Projet de loi constitutionnelle de protection de la Nation», Légifrance, 23 de marzo de 2016.

[2] «Etat d’urgence et article 16: pourquoi Hollande veut-il réviser la Constitution?», [En español, “Estado de emergencia y artículo 16: ¿Por qué quiere Hollande revisar la Constitución?] Le Monde.fr, 16 de noviembre de 2015.



[5] Aude Loriaux, «Déchéance de nationalité: pour y voir plus clair, les arguments pour et contre», Slate.fr, 6 de febrero de 2016.

[6] Article 25: «La persona que haya adquirido la nacionalidad francesa puede ser, mediante decreto adoptado después de haber obtenido la conformidad del Consejo de Estado, despojada de la nacionalidad francesa 1- si es condenada por [haber cometido] un acto calificado como crimen o delito contra los intereses fundamentales de la nación…».

[7] Article 23-7: «El ciudadano francés que se comporte como ciudadano de un país extranjero puede, si tiene la nacionalidad de ese país, ser declarado, por decreto adoptado después de recibir la conformidad del Consejo de Estado, como persona que ha perdido la nacionalidad francesa».

[8] Article 23-8: «Pierde la nacionalidad francesa todo francés que, al ocupar un empleo en un ejército o en un servicio público extranjero o en una organización internacional de la que Francia no sea miembro, o más generalmente al aportarles su contribución, no renuncie a ese empleo o ponga fin a su contribución a pesar de haber sido conminado a ello por el Gobierno [de Francia]».

[9] El gobierno francés de colaboración con la Alemania nazi instaurado después de la invasión de Francia por las tropas alemanas, durante la Segunda Guerra Mundial. Nota de la Red Voltaire.

[10] Lucie Soullier et Damien Leloup, «Dans le grand fourre-tout de l’apologie du terrorisme », LeMonde.fr, 18 de diciembre de 2015.

[11] Jean-Claude Paye, «Criminalización de Internet en Francia»,Red Voltaire, 26 de septiembre de 2015.

[12] Carl Schmitt, Théologie politique, Gallimard 1988, p. 15.

[13] Conseil d’Etat, «Loi constitutionnelle de protection de la Nation», Avis consultatif, 23 de diciembre de 2015.

http://www.voltairenet.org/article192911.html

lunes, 18 de julio de 2016

¿CUÁL ES LA EXTRAÑA RELACIÓN ENTRE EL DRAMÁTICO SUCESO DE NIZA Y LA REFORMA LABORAL DE HOLLAND?



Domingo, 17 de julio de 2016

Un análisis de la masacre en la ciudad francesa
¿CUÁL ES LA EXTRAÑA RELACIÓN ENTRE EL DRAMÁTICO SUCESO DE NIZA Y LA REFORMA LABORAL DE HOLLAND?
Por Máximo Relti 

CANARIAS SEMANAL 

Desde las primeras horas de la noche en la que tuvo lugar el brutal atropello colectivo de centenares de ciudadanos que conmemoraban en Niza la fecha del asalto revolucionario a la Prisión de la Bastilla, empezó a estar claro que en el relato oficial transmitido, tanto por los medios de comunicación galos como por los internacionales, había datos que no casaban, que resultaban contradictorios y que no respondían a los patrones de un atentado yihadista clásico (...).
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ALGUNOS PRECEDENTES

Históricamente se la conoce como la "Kristallnacht". Su traducción al castellano es "la noche de los Cristales Rotos". Con esta denominación se identifican los sucesos acaecidos en Alemania entre el 9 y el 10 de noviembre de 1938. Durante aquella jornada nocturna, los nazis iniciaron toda una cadena de violentos ataques combinados en contra de los bienes y personas de otros alemanes de etnia judía.

Aquel “pogrom” fue presentado por la prensa de entonces como una reacción espontánea de la población alemana contra los judíos, por el asesinato dos días antes del secretario de la embajada alemana en París, Ernst vom Rath, a manos de un joven alemán de origen judío.

Hoy está ampliamente probado, sin embargo, que aquellos actos de"repudio" antisemita fueron previamente organizados por el ministro de propaganda del Reich, Joseph Goebbels, y ordenados personalmente por el mismo Adolfo Hitler.

Setenta y seis años después de aquella trágica noche, en marzo del 2004, en los trenes suburbanos que conducen a la ciudad de Madrid tuvo lugar un bárbaro atentado que acabó con la vida de 193 pasajeros que viajaban en ellos. El ministro del Interior de entonces, Ángel Acebes, dictaminó que la organización responsable de aquella masacre era el grupo armado vasco ETA. El gobierno ultraconservador de José María Aznar, a su vez, dio rápidas instrucciones a su cuerpo diplomático para que la información que proporcionara a los medios de comunicación exteriores, tuviera una sola orientación: "la organización responsable del atentado era ETA". Con la atribución premeditada del atentado, el PP pretendía reconducir los resultados de las elecciones que iban a tener lugar tres días después.

Tanto en una como en otra circunstancia la búsqueda y la señalización de hipotéticos "culpables" abrigaba un solo propósito: hacer que la ira de la población coincidiera políticamente con los intereses gubernamentales del momento.

Las dos referencias aludidas no son hechos históricos aislados. Se han repetido en infinitas ocasiones, tanto ahora como durante nuestro pasado más inmediato. Esta retorcida forma de proceder es usual entre los grupos que detentan el poder. Su finalidad es instrumentalizar a su favor a la opinión pública. Podría incluso decirse que se trata de una herramienta habitual en la práctica de la gobernanza, tanto en las sociedades de hoy como la de ayer.

UNA CADENA DE CONTRADICCIONES Y MENTIRAS

Especular sobre este tipo de acontecimientos ha estado siempre rodeado de riesgos. Primero, porque no se cuenta con los datos suficientes para poder encajar las piezas de los rompecabezas que los acompañan. En segundo lugar, porque al tratarse de un intento de manipular los sentimientos colectivos por parte de los aparatos del poder y de sus grupos mediáticos adyacentes, quienes se atreven a emitir un juicio divergente al discurso oficial corren el peligro de ser fulminantemente descalificados, sin que cuenten nunca con la más mínima posibilidad de réplica en los medios de mayor alcance.

Desde las primeras horas de la noche en la que tuvo lugar el brutal atropello colectivo de centenares de ciudadanos que conmemoraban en Niza la fecha del asalto revolucionario a la Prisión de la Bastilla, empezó a estar claro que en el relato oficial transmitido, tanto por los medios de comunicación galos como por los internacionales, había datos que no casaban, que resultaban contradictorios y que no respondían a los patrones de un atentado yihadista clásico.

Generalmente, la recogida de testimonios a pie de calle no suele coincidir con las versiones elaboradas en las salas de redacción de los grandes medios, o en los discretos laboratorios de los servicios de inteligencia. Esta ocasión no fue una excepción.

La información emitida por los organismos oficiales deseaba dejar como muy sentado que se trataba, sin margen para la duda, de un acto más de "la guerra abierta que el Islam ha emprendido contra Occidente".

Para corroborarlo, acompañaron su atribución con datos que luego resultaron ser inciertos:

- que el camión iba cargado de armas;

- que se había producido una toma de rehenes en un importante hotel de Niza;

- que el conductor del camión y un acompañante iban disparando desde el vehículo en contra de los viandantes, testimonio desmentido por un español que presenció personalmente el acribillamiento del camión y de su único conductor;

- que desde diferentes puntos de la ciudad balneario se estaba oyendo múltiples ráfagas de ametralladoras, lo que hizo cundir una pavorosa estampida que puso doblemente en peligrola vida de la gente…etc. etc.

Pero en el transcurso de las jornadas siguientes, aunque el contenido del mensaje para la ciudadanía continuó siendo que se había tratado de un atentado yihadista, los datos que se empezaron a filtrar a cuenta gotas ya no permitían aceptar la hipótesis, no abandonada hasta el momento que escribimos este articulo, de que fue el resultado de una organizada conspiración del Daesh.

Lo que hoy podemos saber de manera fehaciente es que:

1º) De acuerdo con los testimonios de sus familiares y vecinos, el conductor del camión no respondía al arquetipo de un musulmán. No era de religión musulmana, se emborrachaba con frecuencia, comía carne de cerdo, y permanecía frecuentemente bajo los efectos de las drogas que tomaba.

2º) Según manifestó su primo, Mohamed Lahouaiej, Bouhlel no iba nunca la mezquita. Jamás se le pudo ver practicando la oración musulmana. Nunca ayunó en el Ramadán.

3) Por el testimonio que han proporcionado sus parientes más cercanos, entre ellos su propio padre, Bouhlel era mentalmente un desequilibrado que había estado en tratamiento. Violento con los que le rodeaban y agresivo con su propia esposa, terminó empujando a esta a divorciarse de él.

4) Bouhlel, igualmente, tenía una conducta laboral pésima. Había perdido su trabajo por quedarse dormido mientras conducía, provocando una grave colisión con cuatro automóviles que permanecían aparcados. Por esta razón perdió su empleo.

5) Bouhlel era conocido por la policía de Niza. Figuraba en sus ficheros. Sin embargo, no constaba en la lista de los terroristas potenciales, o adscrito ideológicamente a los ultraconservadores religiosos del Daesh.

Sin que hoy se pueda entrar todavía en otras estimaciones a causa de la ausencia de datos verosímiles, lo único que sí se puede afirmar rotundamente es que el presidente Holland ha prorrogado el Estado de Excepción en Francia por tres meses más.

No es este un hecho que se pueda considerar "casual", ni que carezca de importancia en el marco de la situación social por la que atraviesa Francia. Para dentro de apenas un mes y medio, los sindicatos y las organizaciones sociales francesas han anunciado que reiniciarán su dura carga en contra de la Reforma laboral que la patronal gala quiere imponer a los asalariados. Se trata de una virulenta confrontación social en la que ambas clases sociales, la burguesía y la clase trabajadora, se están jugando el futuro.

Para desentrañar las claves de lo que ha sucedido tras los dramáticos eventos de Niza quizás sea preciso recordar que, durante meses, el Ejecutivo socialdemócrata francés ha utilizado las leyes de excepción como herramientas legales para paralizar las multitudinarias movilizaciones y confrontaciones sociales generadas por un intenso combate social.

Escóndase lo que se esconda tras la evidente manipulacion informativa del suceso de Niza, la actuación individual de un desequilibrado mental ha venido a coincidir, milimétricamente, con los intereses de la gran patronal francesa y de sus mandatarios en el Ejecutivo de ese país.

http://canarias-semanal.org/not/18739/-cual-es-la-extrana-relacion-entre-el-dramatico-suceso-de-niza-y-la-reforma-laboral-de-holland-/

sábado, 16 de julio de 2016

Francia: el fascismo y la lucha de clases

16/07/2016 :: EUROPA

Francia: el fascismo y la lucha de clases

Históricamente hay varias maneras de tapar la lucha de clases. Una, a la que el capitalismo recurre sobre todo en tiempos de crisis, es el fascismo

NdeLH: Artículo escrito antes del atentado de Niza, pero totalmente válido después.

En su meollo, el fascismo es una revolución conservadora. Las pancartas de esta revolución gritan: ¡Capitalismo, sí!; ¡Lucha de clases, no!

Con esto los fascistas manifiestan que quieren una sociedad moderna, altamente industrializada, con empleo abundante, pero que es tradicional y respeta las viejas jerarquías; una sociedad capitalista libre de los antagonismos de clase.

He aquí donde está el problema.

La lucha de clases es inherente al capitalismo. La modernización y la industrialización erosionan las relaciones sociales. El avance del capital genera inestabilidad y acentúa los conflictos clasistas. Para ocultarlo los fascistas crean una narrativa que explica la desintegración y las tensiones, pero sin mencionar que son un resultado del desarrollo interno de la sociedad capitalista. La culpa –dicen– la tiene la invasión de un agente externo: ¡Todo estaba bien hasta que los judíos/los musulmanes penetraron nuestro cuerpo social! ¿La manera de sanarlo? Deshacerse de los judíos/los musulmanes.

Zeev Sternhell tiene una particular –y un poco problemática– teoría sobre los orígenes del fascismo.

Según él, el fascismo nace en Francia a finales del siglo XIX como una fusión entre la derecha populista y la izquierda nacionalista, ambas opuestas a la democracia política, al liberalismo y a la Ilustración.

Su mirada –aparte de pecar de galocentrismo– parece ignorar el contexto histórico (Primera Guerra Mundial) y político (anticomunismo) en que se forja el fascismo y, exagerando su genealogía intelectual, se centra más en el prefascismo y/o borra la frontera entre prefascismo y fascismo (E. Traverso, La historia como campo de batalla, p. 125-131).

Pero Croix-de-Feu, un movimiento de extrema derecha, católico y ultranacionalista del periodo de entreguerras, que Sternhell no califica de fascista y que otros revolucionarios fascistas franceses que querían construir un nueva orden veían como defensor de lo viejo (Z. Sternhell, Neither right nor left: fascist ideology in France, p. 225), es un buen ejemplo de varias tendencias protofascistas –conservadoras, legitimistas, autoritarias– que permean hasta hoy en la derecha y la izquierda (sic) francesa.

Junto con otras ligas antiparlamentarias –un invento francés sui géneris–, Croix-de-Feu acabó deslegalizado por el gobierno del Frente Popular (1936), pero antes, en tiempos de la gran depresión y desempleo rampante, gozó de gran popularidad.

Haciéndose de un lenguaje social y prometiendo parar el avance del comunismo, pregonaba el corporativismo y una alianza entre el capital y el trabajo, algo que apuntaba directamente al silenciamiento de la lucha de clases.

Sus ideas desembocaron luego en el régimen semifascista de Vichy y en el pétainismo –una particular alianza entre guerra y miedo (A. Badiou dixit)–, cuyo espíritu está presente hoy en el estado de emergencia propuesto por los socialistas tras los ataques terroristas en París-Bataclan (13/11/15), pero votado y renovado ya tres veces por todas las fuerzas desde la derecha hasta los comunistas (sic), y en cuyo marco se llevaba a cabo la brutal represión contra los opositores a la reforma de la Ley de Trabajo.

Otra manera de tapar la lucha de clases es recurrir a la ideología: negar su existencia o asegurar que es cosa del pasado. Desde hace décadas venimos escuchándolo de la boca de los voceros del neoliberalismo y del pensée unique.

Esta maniobra es tan exitosa que hasta la propia 'izquierda' se lo cree, como en el caso de messieurs Hollande, Valls y su Partido Socialista (PS), e incluso de Jean-Luc Mélenchon y su radical Partido de Izquierda (PG).

Favoreciendo las categorías como pueblo o nación, el PG ha ido abandonando la idea de la lucha de clases y la política de los oprimidos. Desviándose a los pantanos del nacionalismo y soberanismo, se quedaba ciega frente a los verdaderos conflictos y relaciones de poder en Francia. Sin un buen aparato político y cognitivo, se quedaba impotente frente al feroz ataque de la patronal (Medef) contra el trabajo y los restos del Estado de bienestar (C. Petitjean, 'What happened to the french left?', The Jacobin, 6/11/15).

He aquí donde entra el argumento de Stathis Kouvelakis: si bien la amenaza de extrema derecha o la posibilidad de fascismo son reales, la debilidad de la misma izquierda es aún más preocupante.

El avance del populismo reaccionario –7 millones de votos para el Frente Nacional (FN) en las elecciones regionales– es mala noticia, pero igualmente lo es la incapacidad de izquierda de construir un proyecto contra-hegemónico al temple autoritario de la democracia liberal.

Y si bien el panorama se parece al periodo de entreguerras –y más con estado de emergencia–, la Francia de hoy no es Italia de los 20 ni la Alemania de Weimar: la derecha es una máquina electoral y no grupos de choque, la burguesía no siente el aliento de los trabajadores en su espalda e incluso si el FN llegase al poder no impondría una dictadura fascista clásica, sino iría fortaleciendo mecanismos ya usados por los socialistas.

Reforzaría el Estado neoliberal autoritario, desarrollaría más los mecanismos raciales de exclusión de elementos indeseados en el cuerpo social y, presentándose como un movimiento antisistémico –algo que comparte con los fascismos clásicos–, dirigiría la rabia generada por el capitalismo contra un enemigo interno, pero sin romper con el régimen político actual ('The french disaster', Verso blog, 16/12/15).

En este sentido y contra las “advertencias mainstream”, la puerta a la extrema derecha y al fascismo no la abren las manifestaciones contra las políticas neoliberales de Hollande y el 'caos' ocasionado por los sindicatos, sino:

- Los intentos de tapar la lucha de clases desde arriba (el poder) y fallas de articularla desde abajo (la izquierda radical).

- Las políticas autoritarias y antidemocráticas del mismo gobierno, que pretende sobrepasar al FN por la derecha.

- La incapacidad de articular la rabia popular que deja al FN en la posición de única alternativa al orden dominante.

@periodistapl

Texto completo en:

http://www.lahaine.org/francia-el-fascismo-y-la

domingo, 12 de junio de 2016

FRANCIA: INSTAURACIÓN DE UN ESTADO POLICIAL (1ª PARTE)


FRANCIA: INSTAURACIÓN DE UN ESTADO POLICIAL (1ª PARTE)

Procedimiento de excepción sin estado de urgencia
por Jean-Claude Paye

En el contexto de los atentados cuya autoría reclama el Emirato Islámico (Daesh), el gobierno francés impone una serie de reformas tendientes a reforzar considerablemente los poderes de la policía y de la administración a expensas de la justicia. Dado el hecho que esas reformas no tienen nada que ver con la prevención de ese tipo de atentados, que exigiría en primer lugar medidas de orden político, Francia se dirige hacia un régimen de arbitrariedad.

RED VOLTAIRE | BRUSELAS (BÉLGICA) | 21 DE MAYO DE 2016 


Por amplia mayoría y casi sin debate, la Asamblea Nacional [de Francia] acaba de adoptar –el 9 de marzo de 2016– el nuevo proyecto de ley de reforma penal que «refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado» [1]. Ese texto tendrá que obtener aún la aprobación del Senado y, por tratarse de un procedimiento acelerado, habrá sólo una lectura en cada cámara.

Este proyecto transfiere al derecho común una serie de disposiciones que hoy se consideran parte de un derecho de excepción. Por ejemplo, en el texto presentado para obtener la opinión del Consejo de Estado, el gobierno confirma su voluntad de «reforzar de forma perenne las herramientas y medios a la disposición de las autoridades administrativas y judiciales, fuera del marco jurídico temporal, aplicado en el marco del estado de urgencia» [2].

Un estado de urgencia sin estado de urgencia

Si bien los dos textos están estrechamente relacionados, no debe confundirse este proyecto de ley con la ley del 20 de noviembre de 2015, que prolonga el estado de urgencia por un nuevo periodo de 3 meses mientras refuerza las restricciones de las libertades privadas y públicas enunciadas en la ley de 1955 [3], porque la nueva ley ya no persigue solamente a los actos sino también a las intenciones. Aunque las medidas de excepción se prolongan nuevamente, el gobierno no ha renunciado a reformar el procedimiento penal. Se trata de incorporar al procedimiento penal una serie de medidas contrarias a las libertades, aunque autorizadas en el marco del estado de urgencia, para poder aplicarlas sin tener que llegar a declarar el estado de urgencia. El objetivo de este último liberarse del principio de separación de los poderes, liquidar el poder judicial y concentrar el conjunto de prerrogativas en manos del poder ejecutivo y de la policía. El procedimiento de reforma del procedimiento penal se inscribe también en ese objetivo.

El texto proporciona una vía penal a los dispositivos legales utilizados en el espionaje contra los ciudadanos franceses. Como se expresa en la exposición de los motivos del proyecto de ley, «el arsenal de prevención», implantado por la ley de Inteligencia [4], «debe completarse con un instrumento judicial» [5]. Gracias a este último, la información obtenida a través de las falsas antenas Imsi-catchers, de la vigilancia con medios de video, de la grabación de imágenes y la implantación de micrófonos en un domicilio podrán ser utilizados para fundamentar acciones penales.

Reforzamiento formal del papel del fiscal

El proyecto de ley refuerza las prerrogativas del fiscal, magistrado dependiente del poder ejecutivo. Se inscribe así en lo que ha sido una constante de la acción gubernamental, independientemente de la tendencia política en el poder, el interés en restringir el papel del juez de instrucción, función vista como demasiado independiente del poder ejecutivo. Lo que se busca es privar al juez de instrucción del carácter exclusivo de algunos de sus poderes, como el control de los procedimientos de investigaciones intrusivas, para ponerlos también en manos del fiscal de la República.

En el texto votado por la Asamblea Nacional, el fiscal se convierte además en un «director de investigación». El fiscal dirige las «investigaciones preliminares», en cuyo marco tiene la prerrogativa de enviar al sospechoso ante los tribunales. Y, posteriormente, expone la acusación en el marco de un proceso judicial que él mismo ha iniciado. O sea, al hallarse simultáneamente en misa, en procesión y repicando campanas, el fiscal se encargará también de verificar si las «investigaciones efectuadas por la policial judicial han sido efectivamente realizadas en busca de elementos incriminatorios tanto como de elementos favorables al sospechoso».

En las investigaciones realizadas bajo la dirección del fiscal, el acceso al expediente se pospone hasta que terminan dichas investigaciones. De esa manera, en el momento de ser acusada, la persona incriminada no dispone de los medios necesarios para cuestionar la legalidad o la necesidad de una técnica investigativa. Contrariamente a lo que sucede con el procedimiento vinculado al juez de instrucción, el acceso al expediente acusatorio sigue siendo de carácter no sistématico. Para «dar nuevos derechos al sospechoso» y, sobre todo, para perennizar el control del fiscal sobre el procedimiento penal, el proyecto de ley introduce una reforma que permite al acusado intervenir en el proceso de investigación. Pero, esto, que parece ir en el sentido correcto, en realidad resulta ser una perversión del sistema judicial y de los derechos de la defensa.

Una perversión del sistema penal

El proyecto de ley introduce así una importante modificación del sistema penal: el paso de un procedimiento inquisitorio, que giraba alrededor del juez de instrucción, a un sistema que se acerca al sistema acusatorio utilizado en los países anglosajones. El texto prevé que se introduzca –desde la etapa de la investigación preliminar, en investigaciones de más de un año– un debate contradictorio con los sospechosos y sus abogados [6]. Estos últimos tendrían la posibilidad de solicitar al fiscal la realización de actos determinados, como audiencias y consultas con expertos. Con la introducción de esos nuevos procedimientos sucederá lo mismo que ya sucede en Estados Unidos: sólo estarán en condiciones de defenderse los individuos que tienen dinero. Para los demás, lo que prevé este proyecto de ley es simplificar las modalidades de presentación ante el juez que pronuncia las liberaciones y detenciones, para poder juzgar a esas personas aún más rápidamente en el marco de un procedimiento de comparecencia inmediata.

A falta de algún tipo de comportamiento sospechoso y de infracción, el fiscal tiene actualmente la facultad de autorizar de forma preventiva que se controle la identidad del sospechoso y que se realicen registros en los vehículos que se encuentren en un lugar preciso y por un periodo determinado. El proyecto de ley extiende este procedimiento al registro de equipajes, que actualmente sólo puede ser autorizado en el marco de una pesquisa. Recordemos que esas inspecciones no apuntan necesariamente contra personas sospechosas sino también a toda persona que se encuentre en un lugar determinado. La extensión prevista por el proyecto incrementa sobre todo el poder de las fuerzas del orden. Los registros no van a realizarse porque los policías tengan algún indicio de que existe un delito sino simplemente porque tienen derecho a llevarlos a cabo, so pretexto de que si están ahí es para evitar o buscar infracciones.

Se aparta al juez de instrucción

El fiscal de la República dispone así de más de las prerrogativas que hasta ahora se reservaban para los jueces de instrucción. El proyecto de ley aparta nuevamente al juez de instrucción, que ya se ve –en Francia– circunscrito a sólo una pequeña parte de los casos.

El juez de instrucción es inamovible: sólo puede desplazarlo el ministro de Justicia y su jerarquía no puede quitarle un caso. En cuanto a su nominación, se impone la opinión del Consejo Superior de la Magistratura, lo cual también garantiza su autonomía. Este magistrado, cuya independencia es intocable, es privado así de la especificidad de su acción: decidir si el sospechoso debe ser enviado o no ante los tribunales e investigar sobre la existencia de elementos incriminatorios o, por el contrario, que favorezcan al sospechoso. Disminuye así el papel del juez de instrucción, y se incrementan el del fiscal así como el de la policía judicial que, es importante recordarlo, no depende del ministerio de Justicia sino del ministerio del Interior, lo cual indica que prevalece su función de guardián del orden.

La vigilancia con medios de video, la recogida de imágenes y la implantación de micrófonos en un lugar o en un domicilio también estaban, hasta ahora, limitadas a las informaciones judiciales que se ponían en manos de un juez de instrucción. Ahora podrán utilizarse desde la fase de investigación preliminar, después de una simple autorización del juez de libertades y detenciones.

Observemos que el incremento de los poderes del fiscal se implanta sin que exista una modificación del estatuto de la fiscalía que otorgue a esta última un mínimo de autonomía en relación con el poder ejecutivo. Ni siquiera llega a concretarse la reforma, anteriormente prevista por [el presidente francés] Francois Hollande, que debía garantizar que el gobierno nombraría a los fiscales después de haber obtenido la conformidad del Consejo Superior de la Magistratura [7].

Una policía incontrolable

En la práctica, el reforzamiento de la función del procurador sólo existe en relación con la del juez de instrucción. En lo que concierne a la policía judicial, el control de este magistrado es sólo formal. En Bélgica, ante la comisión parlamentaria sobre la creación, en 1999, de la policía única, presentada como «estructurada en dos niveles» [8], los fiscales ya hicieron saber que, después de que se autoriza la investigación, ya no tienen el control efectivo del desarrollo de dicha investigación. Esta realidad es aún más acentuada en Francia. La fiscalía ya está tremendamente desbordada de trabajo ya que, al ser poco numerosos, los fiscales tienen un poder de cuasi jurisdicción y tratan la mayoría de los expedientes judiciales. Las nuevas prerrogativas que este proyecto de ley otorga a la fiscalía agravarán ese exceso de trabajo y harán casi imposible que se vigile el trabajo de la policía. Esta última es, en efecto, la gran ganadora de estas reformas, confirmando así su papel central en el actual ejercicio del poder estatal.

Una policía todopoderosa

El incremento de los poderes de la policía se confirma con la extensión del marco de la legítima defensa para las fuerzas del orden. Los policías serán reconocidos como penalmente «irresponsables» si disparan, en caso «de absoluta necesidad», sobre «una persona que haya matado o tratado de matar y esté a punto de hacerlo nuevamente». Cuando se sabe que ya existe una jurisprudencia que reconoce a la policía la legítima defensa por haber matado por la espalda a una persona en fuga [9], se entiende que el objetivo de ese artículo no es tanto proteger a los policías de posibles acciones penales como hacer saber a los ciudadanos que pueden verse tratados como enemigos. Un ejemplo extremo así lo demuestra. La Corte Europea de Derechos Humanos condenó a Francia en un caso donde la justicia [francesa] había pronunciado una orden de sobreseimiento a favor de un gendarme que había matado por la espalda a una persona esposada que había tratado de huir mientras se hallaba en detención preventiva [10]. Las fuerzas del orden también podrán retener a cualquier persona, incluso aunque sea menor de edad, y fuera de la presencia de un abogado, aunque esa persona esté en posesión de un documento de identidad, si existen «serias razones» para pensar que esa persona tiene un «vínculo» con una actividad terrorista, lo cual constituye una condición extremadamente nebulosa e hipotética.

Una versión anterior del proyecto iba aún más lejos con la creación de un delito de «obstrucción al registro». Aunque fue abandonado, ese último artículo muestra perfectamente que el gobierno pretende criminalizar toda forma de resistencia ante la arbitrariedad de la policía. Esta disposición debía acallar las protestas surgidas en respuesta a los abusos cometidos durante la ola de registros autorizados por el estado de urgencia. Además, esta versión anterior del texto indicaba que los policías podían incautar cualquier objeto o documento sin comunicarlo al fiscal [11]. De haberse aprobado aquella versión, la policía se habría visto liberada del último elemento de control judicial, el control del fiscal, ejercido por un magistrado, incluso a pesar de que ese mismo magistrado está a su vez directamente sometido al poder ejecutivo.


El juez de libertades y detención: una coartada

El poder ejecutivo no puede controlar el trabajo de la policía a través del fiscal. El poder judicial también es completamente incapaz de hacerlo a través de la otra figura valorizada por el proyecto de ley, la del juez de libertades y detención. Es sin embargo en este último en quien reposan gran parte de las autorizaciones de aplicación de las disposiciones de la ley. El control de la legalidad y la proporcionalidad de las medidas sólo puede ser formal ya que ese juez no tiene conocimiento del fondo del caso. Sólo tiene acceso al expediente en el momento en que se le entrega y cuando tiene que tomar su decisión. Después de haber extendido la autorización, este juez no dispone de ningún medio que le permita controlar la acción del fiscal y de la policía.

En materia de estatus, el proyecto fragiliza al juez de libertad y detención. Este juez no tiene el grado de independencia de un juez de instrucción, ya que no es nombrado por decreto sino por el presidente de la jurisdicción, que puede sacarlo de esa función de un día para otro si, por ejemplo, se niega a autorizar las escuchas. [12].

En materia de terrorismo, y con la autorización previa del juez de libertades y detención, los registros nocturnos serán autorizados en los domicilios y a partir de la investigación preliminar. Este procedimiento sustituye la autorización que concedía el juez de instrucción en la fase de investigación propiamente dicha (En el marco del estado de urgencia, el prefecto puede ordenarlas [13]). En lo adelante, los registros también podrán realizarse de manera preventiva, en base a la posible existencia de un peligro, cuando se trate de «prevenir un peligro de acción contra la vida o la integridad física» [14].

Los registros nocturnos en los domicilios se convierten en algo muy normal. el texto habla de «un riesgo de acción» sin calificarlo de actual ni de inminente. Se refiere a muy numerosas situaciones, sobre los actos contra la vida, pero también contra la integridad física. O sea, vagas sospechas podrán dar lugar a esas intrusiones en los domicilios y estas irán generalizándose si la limitación de esa medida únicamente a los casos de infracciones terroristas pasa a ser únicamente de carácter temporal.

Registro en los medios informáticos sin garantía judicial

El texto prevé también extender las posibilidades de vigilancia en los lugares públicos y el uso de los IMSI-catchers, antenas capaces de suplantar las estaciones repetidoras corrientes para espiar así los teléfonos y ordenadores. Los IMSI-catchers captan también todos los teléfonos públicos que se hallan dentro de su radio de acción. Se trata de un dispositivo de captura de datos masiva e indiferenciada. Su uso no estará limitado a las investigaciones antiterroristas y podrá renovarse, mensualmente, por periodos muy largos, abriendo así el camino a una captura masiva de información sobre los ciudadanos franceses. El uso de los IMSI-catchers será autorizado por el juez de libertad y detención o, de manera «urgente», por el fiscal de la República. Obsérvese que es generalmente la policía misma quien decide si se trata de una situación «urgente».

Hasta ahora, el uso de los IMSI-catchers podía autorizarse sólo en el marco de investigaciones judiciales, pero estos dispositivos habían sido poco utilizados por los jueces de instrucción debido a la poca claridad jurídica que rodeaba esos dispositivos. La Ley de Inteligencia ya legalizó su uso por parte de los servicios secretos.

El artículo 3 del proyecto de ley sobre el procedimiento penal también prevé extender la captura de datos informáticos a los datos archivados. Será posible capturar el conjunto de datos contenidos en los dispositivos informáticos. Ya no se trata de algo similar a las escuchas selectivas, que apuntan a las conversaciones actuales y futuras, sino que se trata de una búsqueda que puede extenderse a datos muy antiguos. Este último procedimiento normalmente presenta algunas garantías, como la presencia de la persona considerada sospechosa o la presencia de 2 testigos, así como la realización de una copia de seguridad que limita el riesgo de modificación o de intervención exterior en las informaciones recogidas. Por supuesto, ya no es así cuando se trata de la captura de datos [15].

El prefecto: agente del estado de excepción permanente

Al igual que en el estado de urgencia, se refuerzan los poderes del prefecto. El proyecto de reforma sobre el procedimiento penal está en estrecha correspondencia con la ley del 20 de noviembre de 2015, que prolonga el estado de urgencia en el que se criminalizan intenciones, en vez de los actos concretos. La intención terrorista atribuida a las personas que regresan de Siria también está en el centro del dispositivo de «vigilancia» autorizado por el prefecto.

Actualmente, a los «regresos de Siria» se les da seguimiento judicial. Los sospechosos son investigados, puestos bajo detención provisional o bajo control judicial. En lo adelante, los prefectos podrán poner en prisión domiciliaria por un mes y exigirles –durante 3 meses– los códigos de sus teléfonos y ordenadores, obligarlos a prevenirlo de todos sus desplazamientos y prohibirles hablar con determinadas personas. Por supuesto, esas disposiciones presentan las características de un procedimiento judicial, pero se trata de un acto puramente administrativo, de un control sin juez. Esto abre espacio a la arbitrariedad y no deja a la persona afectada ninguna posibilidad de hacer frente a las alegaciones de las que está siendo objeto. A la persona afectada se le atribuye una intención, sin que tenga posibilidades de defenderse. De esa manera, al igual que en el estado de urgencia, el ministro del Interior suplanta al juez de instrucción a través del prefecto. Ese proyecto de ley otorga al ministro del Interior el poder necesario para privar a una persona de su libertad, sin que esa persona haya cometido ningún tipo de infracción penal.

La criminalización de los «regresos de Siria» se inscribe en un procedimiento de doble discurso del poder. El ex ministro [francés de Relaciones Exteriores] Laurent Fabius había declarado públicamente, en agosto de 2012, que «Bachar al-Assad no merece estar sobre la tierra». Y en diciembre de 2012, afirmó ante los medios de prensa, sin ser por ello objeto de ninguna acción judicial bajo la acusación de «apología del terrorismo» [16], que «el Frente al-Nusra está haciendo un buen trabajo». Esta organización yihadista acababa entonces de ser catalogada como terrorista por Estados Unidos [17]. O sea, el gobierno de Francia proclama su respaldo a los grupos terroristas, pero demoniza y persigue a las personas que pudieran haberse visto influenciadas por su retórica.

El juez administrativo: un control aparente

El proyecto de ley otorga al juez administrativo un poder de control sobre los dispositivos vinculados a los «regresos de Siria». Este juez debe «controlar la exactitud de los motivos presentados por la administración, como motivos de su propia decisión y pronunciar la anulación de esta cuando el motivo invocado se basa en hechos materialmente inexactos». De esa manera, contradiciendo el principio mismo de separación de poderes, la administración se controla a sí misma. Además, la vigilancia es puramente formal. El juez administrativo, contrariamente al juez de instrucción y al juez de libertad y detención, interviene sólo después y el control que ejerce es aleatorio. Sólo interviene si la persona arrestada recurre a él. Lo más importante es que este juez no dispone de elementos concretos para fundamentar su decisión. Sólo puede basarse en documentos imprecisos y que no mencionan las fuentes: las notas blancas de los servicios de inteligencia, o sea documentos sin firmas, sin fechas y que ni siquiera precisan de qué servicio provienen.

Por autorización del prefecto y en un marco puramente administrativo de «prevención del terrorismo», la policía podrá proceder también a la inspección visual y registrar equipajes y vehículos. Se ve además liberada de la necesidad de obtener la autorización previa del fiscal si se trata de instalaciones o establecimientos que el prefecto ha declarado «sensibles».

El texto de ley consagra así «la entrada del prefecto en el código de procedimiento penal». Pero, se trata de un retroceso ya que, antes de que la reforma de 1993 [18] se los quitara, el prefecto disponía, en el pasado, de poderes de policía judicial. El antiguo artículo 10 del código de procedimiento penal permitía al prefecto, en caso de actos contra la seguridad interna o de espionaje, hacer el papel de oficial de la policía judicial, o sea ordenar arrestos y acciones de control. Esta concentración recurrente de prerrogativas judiciales en manos del prefecto indica que, en el país de Montesquieu, la separación de poderes, considerada un patrimonio nacional, ha sido siempre, como mínimo, errática.


Segunda parte: «Estado de excepción con Estado de urgencia», por Jean-Claude Paye, Red Voltaire, 11 de junio de 2016.


[2] Jean-Baptiste Jacquin, «Les pouvoirs de police renforcés pour se passer de l’état d’urgence», Le Monde, 6 de enerodo de 2016.


[4] «Loi française sur le Renseignement, Société de surveillance ou société surmoïque», Jean-Claude Paye, Réseau Voltaire, 28 de noviembre de 2015.

[5] «Projet de loi renforçant la lutte contre le crime organisé, le terrorisme et leur financement, et améliorant l’efficacité et les garanties de la procédure pénale » (JUSD1532276L), Consejo de ministros del 3 de febrero de 2016.

[6] Jean-Baptiste Jacquin, «Réforme pénale: les procureurs prennent la main sur les enquêtes», Le Monde, 4 de marzo de 2016.

[7] Jean-Baptiste Jacquin, «Comment la réforme pénale renforce les pouvoirs des procureurs», [en español, “Cómo la reforma penal refuerza los poderes de los fiscales”]. Le Monde, 4 de marzo de 2016.

[8] Ver, Jean-Claude Paye, «Vers un État policier en Belgique?», Le Monde diplomatique, noviembre de 1999 y Vers un État policier en Belgique, EPO, Bruselas 2000, 159 p.

[9] «Acquittement du policier qui avait tué un braqueur et colère des parties civiles», [en español, “Absolucion del policía que mató a un asaltante y cólera de las partes acusadoras”], L’express.fr, 15 de enero de 2016.


[11] Sylvain Rolland, «Sécurité: l’inquiétante dérive vers la surveillance de masse», La Tribune.fr, 4 de diciembre de 2015.

[12] Questions/réponses critiques du Syndicat de la magistrature sur le projet de loi criminalité organisée/terrorisme, [en español, “Preguntas/respuestas críticas del Sindicato de la Magistratura sobre el proyecto de ley criminalidad organizada/terrorismo], Syndicat de la Magistrature, 14 de marzo de 2016, p. 9.

[13] En Francia, el prefecto es un alto funcionario nombrado directamente por el Estado en un departamento o región para representar ese mismo Estado y sus instituciones y garantizar el respeto de la ley en el territorio bajo su responsabilidad. Nota del Traductor.

[14] Jean-Baptisque Jacquin, «Les pouvoirs de la police renforcés pour pouvoir se passer de l’état d’urgence», Le Monde, 6 de enero de 2016.

[15] Op. Cit. p. 8.

[16] La acusación por apología del terrorismo fue creada por la Ley que refuerza las disposiciones sobre la lucha contra el terrorismo, ley aprobada el 14 de noviembre de 2014. Ver Jean-Claude Paye, «Criminalización de Internet en Francia», Red Voltaire, 26 de septiembre de 2015.

[17] «Des Syriens demandent réparation à Fabius», Le Figaro con AFP, 10 de diciembre de 2014; y «Des Syriens attaquent l’État en appel», Le Figarocon AFP, 7 de septiembre de 2015.


http://www.voltairenet.org/article191857.html

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